La Junta de Andalucía ha publicado la Resolución de 5 de agosto de 2025, por la que se convocan las subvenciones destinadas a apoyar el inicio de la actividad de las personas trabajadoras autónomas beneficiarias de la cuota reducida.
Se trata de una ayuda muy interesante para quienes han comenzado recientemente su actividad como autónomos en Andalucía y cumplen los requisitos de la Línea 2 de esta convocatoria.
Puedes consultar la convocatoria completa en el BOJA en este enlace al PDF.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias aquellas personas trabajadoras autónomas que:
- Estén dadas de alta en el RETA en la fecha de presentación de la solicitud.
- Sean beneficiarias de la cuota reducida regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007 (autónomos dados de alta a partir del 1 de enero de 2023).
- Desarrollen su actividad económica o profesional en Andalucía.
- Dispongan de un plan de viabilidad con resultado positivo en todas las anualidades.
Quedan excluidos los autónomos colaboradores, así como socios de sociedades mercantiles, laborales o cooperativas y quienes ejerzan funciones de dirección o gerencia en ellas.
Cuantía de las ayudas
La subvención varía según el colectivo al que pertenezca la persona solicitante:
- Mujeres menores de 35 años: 5.000 €
- Hombres menores de 30 años: 5.000 €
- Mujeres de 35 años o más: 3.800 €
- Hombres de 30 años o más: 3.800 €
En municipios de menos de 10.000 habitantes, la cuantía asciende a 5.500 €.
Obligaciones de las personas beneficiarias
Las personas que reciban la ayuda deberán mantener su condición de autónomos de manera ininterrumpida durante al menos 12 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
No podrán compatibilizar la actividad por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena superior al 25% de ese periodo.
Plazos de solicitud
- Inicio: 12 de agosto de 2025
- Fin: 30 de junio de 2026
Importante:
- Plazo general: 2 meses desde la fecha de alta en el RETA.
- Plazo transitorio: para las altas realizadas entre el 30/09/2024 y el 11/08/2025, el plazo será de 2 meses desde el 12/08/2025.
¿Cómo solicitarla?
En Gabinete Fuentes podemos ayudarte a preparar y presentar la solicitud de forma correcta, ocupándonos de toda la gestión administrativa para que no pierdas la oportunidad de acceder a esta subvención.
Para ello, necesitarás:
- Certificado digital.
- Documentación de alta en autónomo (modelo 036/037).
- Número de cuenta bancaria para el ingreso de la ayuda.
- Datos para elaborar el plan de viabilidad.
Nos encargamos de revisar y completar toda la documentación para que tu solicitud tenga las máximas garantías de éxito.
Si cumples los requisitos y quieres beneficiarte de esta ayuda, ponte en contacto con nuestro equipo y te asesoraremos en todo el proceso.
📄 Descargar convocatoria en PDF.
📄 Descarga documento de datos económicos Plan de Viabilidad.
