El Gobierno ha comenzado a publicar los primeros listados de beneficiarios de las ayudas extraordinarias por daños del temporal, reguladas en el Real Decreto-ley 5/2026. Estas subvenciones están dirigidas a explotaciones agrarias afectadas y se conceden de oficio, sin necesidad de solicitud previa.
En este artículo te explicamos cómo comprobar si tienes derecho a la ayuda, qué pasos debes seguir y cuáles son los plazos clave para no perderla.
¿Dónde consultar si tiene derecho a la ayuda?
Puedes verificar si apareces en los listados publicados por el Fondo Español de Garantía Agraria a través de dos vías:
- Consulta individual (recomendada):
https://www3.sede.fega.gob.es/gesaexcse/inicio/inicio.action?ayuCodigo=6 - Tablón de anuncios (listados generales):
https://www.sede.fega.gob.es/tablon-de-anuncios
El FEGA está publicando los listados de forma progresiva, por lo que es posible que aún no aparezcas aunque tengas derecho a la ayuda.
Aspectos importantes que debes tener en cuenta
- No es necesario presentar solicitud: la ayuda se concede automáticamente.
- Las publicaciones se realizan de forma gradual.
- Es fundamental revisar periódicamente tu situación.
Primer listado publicado: fechas clave
El primer listado provisional se publicó el 7 de abril de 2026.
- Plazo para aceptar o alegar: hasta el 27 de abril de 2026.
- Duración del plazo: 15 días hábiles desde la publicación.
¿Qué hacer si apareces como beneficiario?
Si figuras en el listado, debes actuar dentro del plazo establecido:
- Revisar que los datos personales y el importe sean correctos.
- Aceptar expresamente la ayuda o renunciar si no procede.
- Comunicar cualquier error detectado.
No realizar estas acciones dentro del plazo puede suponer incidencias en el cobro o incluso la pérdida de la ayuda.
Recomendación profesional
Es fundamental comprobar tu situación cuanto antes. Dado que los listados se están publicando progresivamente, conviene realizar revisiones periódicas para evitar problemas administrativos.
En Gabinete Fuentes Asesores podemos ayudarte a:
- Verificar si eres beneficiario.
- Revisar importes y datos.
- Gestionar la aceptación o alegaciones dentro de plazo.
