El sistema Verifactu, la nueva normativa sobre facturación electrónica impulsada por la Agencia Tributaria, marcará un antes y un después en la forma en que autónomos, empresas y desarrolladores de software gestionan sus facturas. Su implantación obligatoria, prevista en dos fases durante el año 2026, responde al objetivo de reforzar la integridad, trazabilidad y transparencia de los procesos de facturación en España.
¿Qué es Verifactu?
Verifactu es el nombre con el que la Agencia Tributaria ha bautizado al nuevo sistema regulado por el Real Decreto 1007/2023 y desarrollado por la reciente Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre. Este sistema establece requisitos técnicos para los programas de facturación con el fin de evitar manipulaciones, omisiones o alteraciones no justificadas en los registros contables y fiscales.
¿A quién afecta?
Afecta a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, tanto personas físicas como jurídicas, salvo aquellos ya acogidos al S.I.I. (Sistema de Información Inmediata del IVA). Es decir, autónomos, microempresas y empresas estarán obligados a utilizar software adaptado a Verifactu dentro de los siguientes plazos:
- 1 de enero de 2026: Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2026: Autónomos y el resto de obligados tributarios.
- 29 de julio de 2025: Fecha límite para que los desarrolladores de software adapten sus programas a la normativa.
¿Qué exige Verifactu?
Los programas de facturación deberán garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los datos, incluyendo:
- Registro seguro de cada factura emitida.
- Imposibilidad de alteración no documentada.
- Declaración responsable firmada por el proveedor del software que certifique su adecuación a los requisitos técnicos.
Además, aunque es voluntario, Verifactu permite la remisión directa de los registros de facturación a la Agencia Tributaria, haciendo constar en la factura su verificabilidad en la sede electrónica con la mención “VERI*FACTU”.
¿Y qué pasa con la factura electrónica obligatoria?
Conviene no confundir Verifactu con la obligación de emitir facturas electrónicas entre empresas (B2B), regulada por la Ley 18/2022. Aunque están relacionadas, son normativas independientes. Esta segunda obligación, cuya entrada en vigor dependerá de la publicación de su desarrollo reglamentario, se aplicará:
- A empresas con facturación superior a 8 millones de euros: un año después de la publicación del reglamento.
- Al resto de empresas y autónomos: dos años después.
A fecha de hoy, este desarrollo reglamentario aún no ha sido aprobado, por lo que no existe una fecha definitiva para su aplicación.
Calendario resumido de las nuevas obligaciones en materia de facturación
A continuación, compartimos un cuadro esquemático que resume las principales fechas clave de entrada en vigor de estas obligaciones:
| Normativa | Obligación | Obligados | Entrada en vigor |
| Art. 29.2.j Ley 58/2003, Real Decreto 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024 | Ofrecer sistemas y programas informáticos de facturación adaptados al Reglamento Veri*factu | Productores y comercializadores de los sistemas y programas informáticos de facturación | 29 de julio de 2025 |
| Tener operativos los sistemas informáticos de facturación adaptados al Reglamento Veri*factu | Empresas y demás contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2026 | |
| Autónomos y demás contribuyentes del IRPF o IRNR | 1 de julio de 2026 | ||
| Recepción de los registros de facturación remitidos por los Sistemas de emisión de facturas verificables | AEAT * | 29 de julio de 2025 | |
| Art. 2 bis Ley 56/2007 y Ley 18/2022 | Expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales | Empresarios y profesionales facturación anual > 8M € | Al año de aprobarse la Orden que lo desarrolle |
| Empresarios y profesionales facturación anual < 8M € | A los dos años de aprobarse la Orden que lo desarrolle |
*La AEAT deberá tener disponible el servicio para la recepción de los registros de facturación en el plazo indicado, mientras que la remisión de los registros de facturación será voluntaria para los empresarios y profesionales y para los destinatarios de las facturas.
¿Qué deben hacer las empresas y autónomos?
Desde Gabinete Fuentes Asesores recomendamos revisar los sistemas de facturación actuales y contactar con los proveedores de software para asegurar su compatibilidad con Verifactu antes de las fechas límite. Las sanciones por incumplimiento pueden ser significativas, por lo que es fundamental anticiparse.
