El Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que establece que el complemento de maternidad por hijo no debe cobrarlo solo la madre, sino que deben hacerlo ambos progenitores sin discriminación de sexo. Por tanto, si se jubiló entre el 01/01/2016 y el 03/02/2021, puede reclamar entre el 5% y el 15% de su pensión (en función del número de hijos) desde la fecha indicada o la de su jubilación.
Asimismo, el Tribunal Supremo ha determinado que la solicitud de este derecho no prescribe por constituir una discriminación y vulneración del derecho a la igualdad.
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